Gestión de Calidad

El jurado y el equipo ganador del premio GPard 2013 al mejor proceso de calidad

GESTIÓN DE CALIDAD

BÖHLER es conocida mundialmente por sus productos de alta calidad. Para asegurar nuestros estándares a largo plazo y para ser capaces de reaccionar rápida y adecuadamente a cambios en los requisitos, BÖHLER está comprometida con un importante sistema de gestión de los procesos.

Los procesos estables con resultados predecibles son nuestro punto fuerte y el pilar de nuestro sistema. Estamos trabajando continuamente en mejorar nuestros productos y procesos. Nuestro foco siempre está situado en los resultados más óptimos para nuestros clientes, empleados, proveedores y medioambiente.

El sistema de gestión de calidad de BÖHLER en España está certificado por la normativa ISO 9001:2008 otorgada por el organismo certificador SGS International Certification Services, con un compromiso estratégico en la calidad y la mejora continua. Gracias a la implantación internacional de un sistema integrado de gestión de calidad, todos nuestros proveedores son empresas certificadas de acuerdo a la norma UNE EN ISO 9001 y/o UNE EN ISO 9002, cumpliendo los requisitos de calidad de acuerdo a las normas internacionales más exigentes.

Adicionalmente, disponemos de una serie de aprobaciones de reguladores y clientes como Airbus, Boeing, Rolls Royce, BAE-Systems, GE Transportation Aviation y Pratt & Whitney Aircraft.

Certificado ISO 9001:2008 Gestión de Calidad de BÖHLER

Circular del 11.02.2014

 

DODD-FRANK ACT

Bajo la ley US Dodd-Frank Wall Street Reform and Consumer Protection Act of 2010 (“Dodd-Frank Act”), Sección 1502, ciertas empresas tienen la obligación específica de informar a sus respectivas comisiones de Seguridad e Intercambio comercial. Asimismo, las empresas deben informar anualmente sobre sis sus productos contienen minerales de zonas de conflicto (actualmente centrados en: columbita-tantalita, coltán, casiterita, oro, wolframita o sus derivados) provenientes de la República Democrática del Congo o países contiguos especificados por la Ley Dodd-Frank. Como resultado, las empresas de la División de Aceros Especiales BÖHLER podemos afirmar que cumplimos con la ley Dodd-Frank y que ninguno de los minerales que utilizamos proviene de zonas de conflicto.

Con el fin de garantizar el cumplimento de la Ley Dodd-Frank en la División de Aceros Especiales, el equipo directivo de Voestalpine ha decidido que las empresas de esta división únicamente comprarán materias primas y otros productos que contengan minerales de zonas de conflicto a proveedores que faciliten el informe completo de Electronic Industry Citizenship Coalition, Incorporated (http://www.eicc.info) en el que asegura que los minerals presentes en las materias primas o productos adquiridos no provienen de la República Democrática del Congo o países contiguos, y que se han tomado las medidas exigidas para asegurarlo.

Esta resolución es obligatoria y vinculante para todas las empresas de la División de Aceros Especiales de BÖHLER. La División de Aceros Especiales incluye todas las empresas en las que Voestalpine tiene un interés directo o indirecto de un 50% como mínimo o que están bajo su control.

En el caso de BÖHLER-UDDEHOLM IBÉRICA S.A.U., las condiciones se cumplen en su totalidad, por lo que las empresas de la División de Aceros Especiales BÖHLER usamos las siguientes declaraciones para asegurar a nuestros clientes que sus suministros cumplen con la Ley Dodd-Frank:

A. ORIGEN

: Recibido el compromiso de todos nuestros proveedores de materias primas, certificamos que el Tungsteno (W) [usado en nuestra producción /contenido de nuestros productos] no proviene de la República Democrática del Congo ni de países contiguos.

B. NUESTROS PRODUCTOS NO CONTIENEN MINERALES DE ZONAS DE CONFLICTO

: A petición de nuestros clientes, hemos revisado las ventas históricas de todas las calidades BÖHLER y ninguna de las calidades suministradas en los últimos 12 meses han sido aleadas con minerales de zonas de conflicto, ni éstos han sido utilizados en nuestros procesos de producción o en materiales suministrados de nuestros proveedores.

En caso de dudas, contacte con nosotros para obtener más información.

El decreto de la EU (REACH) para productos químicos entró en vigor el 01 de junio de 2007. En base a esta nueva política se han dado a lugar unas nuevas obligaciones para fabricantes, proveedores y clientes, que podrían tener influencia sobre nuestras futuras relaciones comerciales. Por lo tanto, podemos entender perfectamente su preocupación.

La obligación de registro es válida para aquella sustancias tales como, sustancias en preparación y sustancias en producción (las últimas solo bajo determinadas condiciones). Adicionalmente,  nos dedicamos a este menester desde hace tiempo intensamente y nos esforzamos en disponer de las políticas más actuales para averiguar el origen y las áreas afectadas por este decreto.

Podemos garantizarles el cumplimiento a su debido plazo de todas las obligaciones legales y reglamentaciones que surjan de las disposiciones REACH. Haremos todo lo posible para suministrar, también bajo la nueva legislación de productos químicos, nuestros productos con los máximos estándares de calidad y en su forma habitual.

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